Suprema Corte aprueba recorte histórico en aguinaldo de pensionados: Esto es lo que debes saber
La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó una reforma en Zacatecas que reduce el aguinaldo de pensionados de 60 a 30 días. La decisión afecta únicamente a quienes se pensionen después del 11 de agosto de 2026, mientras que los jubilados actuales conservan su prestación completa. Te contamos todos los detalles de este fallo que marca un precedente nacional.

¿A quiénes afecta la reducción del aguinaldo?
El recorte en el aguinaldo aplicará solamente para las personas que tramiten su pensión después del 11 de agosto de 2026. Esta es la fecha en que entró en vigor la reforma al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (ISSSTEZAC).
Si ya estabas pensionado o solicitaste tu pensión antes de esa fecha, puedes estar tranquilo: seguirás recibiendo tu aguinaldo de 60 días como hasta ahora. La Corte fue clara al establecer que la medida no puede aplicarse de forma retroactiva, pues eso violaría derechos ya reconocidos.
¿Qué validó y qué rechazó la Suprema Corte?
El Pleno de la SCJN aprobó con siete votos el artículo 74 de la ley reformada. Los ministros consideraron que reducir el aguinaldo es una “medida razonable” para garantizar la sostenibilidad financiera del instituto de pensiones.
Sin embargo, los ministros rechazaron otros dos artículos que el gobierno de Zacatecas pretendía incluir:
- Artículo 128: Condicionaba el pago de pensiones a la capacidad financiera del ISSSTEZAC, permitiendo modificaciones en crisis económicas
- Artículo 128 Bis: Vinculaba las obligaciones del instituto a su reserva técnica y políticas de austeridad
El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, advirtió que estos artículos eran un “precedente riesgoso” que podría facilitar que el instituto evada sus responsabilidades con los trabajadores que han cotizado durante años.
¿Por qué la Corte considera que el aguinaldo no es un derecho adquirido?
La ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien presentó el proyecto, argumentó que el aguinaldo no está directamente vinculado a los años que cotizaste durante tu vida laboral. Según su postura, se trata de un “apoyo económico adicional” al final del año, no de una prestación fundamental como la pensión principal.
La ministra sostuvo que la reducción no afecta el derecho a la seguridad social porque no incide en el monto de la pensión que recibes por tus cotizaciones.
Desacuerdo entre ministras sobre la decisión
No todos los ministros estuvieron de acuerdo con validar el recorte. María Estela Ríos González manifestó su rechazo y señaló que los trabajadores no deben pagar por malos manejos administrativos de funcionarios.
La ministra Lenia Batres Guadarrama también expresó preocupación por el impacto que esta decisión tendrá en la economía de los pensionados zacatecanos.
Es importante que sepas que este fallo sienta un precedente que podría influir en futuras reformas de otros sistemas estatales de pensiones en el país.
Índice