SCJN ordena cambio en pensiones de Ley 73 del IMSS: esto ganan ahora los hijos de trabajadores fallecidos
Si eres beneficiario de un trabajador fallecido bajo el régimen de la Ley 73 del IMSS, te interesa saber que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó un ajuste importante en el monto de las pensiones por orfandad. Este cambio busca equilibrar lo que reciben los hijos respecto a lo asignado a viudas o concubinas, y ya está vigente desde agosto de 2026.

¿Qué declaró inconstitucional la SCJN?
La Corte determinó que los artículos 153 y 157 de la Ley del Seguro Social de 1973 violan el derecho a la igualdad y no discriminación. El problema estaba en la diferencia entre el 90 por ciento asignado a la pensión de viudez y apenas el 20 o 30 por ciento destinado a la pensión de orfandad.
Esta disparidad afectaba especialmente a los hijos dependientes económicos, quienes recibían una protección desproporcionadamente menor que la viuda o concubina.
¿Qué cambia para los hijos huérfanos?
Con esta sentencia, el Tribunal ordenó que los hijos dependientes económicos —en particular quienes tienen alguna discapacidad permanente— reciban una protección equivalente a la de la viuda o concubina del trabajador fallecido.
Antes de este fallo, la viuda administraba los recursos de los hijos. Pero cuando no existe una relación de convivencia entre ambos, el porcentaje menor para los hijos vulneraba su derecho a una vida digna.
Es importante aclarar que la suma total de las pensiones otorgadas a todos los beneficiarios no puede exceder el 100 por ciento de la pensión original del trabajador.
¿Cómo saber si perteneces a la Ley 73?
Si te diste de alta ante el IMSS antes del 1 de julio de 1997, perteneces a este régimen. No confundas la fecha en que empezaste a trabajar con tu fecha de inscripción oficial ante el Instituto, ya que esta última es la que determina tu situación.
Para confirmar este dato puedes:
- Consultar el estado de cuenta de tu AFORE
- Solicitar una Constancia de Vigencia de Derechos directamente en el IMSS
Requisitos para pensionarse bajo la Ley 73
Para acceder a una pensión bajo este régimen debes cumplir con dos factores principales: edad y semanas cotizadas. Existen dos modalidades:
- Cesantía en Edad Avanzada: para quienes tienen entre 60 y 64 años
- Vejez: para quienes ya cumplieron 65 años o más
El trámite inicia en la Subdelegación del IMSS correspondiente a tu domicilio. Necesitarás tu identificación oficial, estado de cuenta de la AFORE, estado de cuenta bancario y la resolución de pensión del IMSS.
¿Desde cuándo aplica este cambio?
Esta modificación entró en vigor a partir de agosto de 2026. Si eres hijo o hija de un trabajador fallecido y consideras que tu pensión no refleja este ajuste, puedes acudir al IMSS o buscar asesoría legal para hacer valer tus derechos conforme a la sentencia de la SCJN.
Índice